Marco Tosatti
Queridos amigos y enemigos de Stilum Curiae, ofrecemos a vuestra atención este post publicado en X (Twitter) por el arzobispo Carlo Maria Viganò. Disfruten la lectura y la difusión.
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Mi querido amigo y defensor, el profesor Augusto Sinagra, hace pública una historia que me concierne y que, en sus palabras, los fieles tienen derecho a conocer. Le agradezco la amistad fraternal y el compromiso con los que me asiste ante la Corte de Viterbo. Confío sus desarrollos a la Providencia, y la verdad a Aquel que es su fuente.
AAbogado Augusto Sinagra
LA IGLESIA CATÓLICA, SUS MISTERIOS Y SUS SOMBRAS
Defiendo ante la Corte Civil de Viterbo (a causa del domicilio del demandante) al arzobispo Carlo Maria Viganò, de quien puedo decir que gracias a su mérito y a los méritos de los sacerdotes de la Ermita de Sant’Antonio alla Palanzana, he encontrado a Dios y, con Él, la serenidad. Quizá no todo el mundo sepa que monseñor Carlo Maria Viganò y sus hermanos y hermanas recibieron cada uno una herencia notable de su padre, un gran empresario que falleció joven.
El arzobispo Carlo Maria Viganò nunca ha obtenido ningún beneficio personal de estos bienes que le han llegado, destinando toda suma exclusivamente a obras religiosas y ayuda a los necesitados. Ocurrió hace años que un abogado sin escrúpulos particulares rodeara al hermano del arzobispo Carlo Maria Viganò, Lorenzo, también sacerdote, que en 1996 sufrió un grave ictus cerebral incapacitante.
Fue así como que se presentó un juicio ante el Tribunal de Milán por parte del inconsciente Don Lorenzo contra el arzobispo Carlo Maria Viganò por supuesta “mala gestión” de la cuenta corriente común, de la que el difunto Don Lorenzo tenía la más completa disponibilidad.
El arzobispo Carlo Maria Viganò prefirió generosamente, en espíritu fraternal y según los dictados del Evangelio, entregar la suma reclamada a su hermano sacerdote (ya fallecido desde hace tiempo) a quien estaba unido por un profundo afecto, y entregándole por eso la significativa suma injustamente reclamada.
Temiendo nuevas e injustas iniciativas en detrimento de sus bienes por parte del mismo abogado, el arzobispo Carlo Maria Viganò, por consejo del mismo IOR con el que, como diplomático de la Santa Sede, mantenía su cuenta corriente, decidió —durante su estancia en Estados Unidos de América como nuncio apostólico— confiar sus fondos y bienes en fideicomiso a su sobrino (hijo de su hermana), que también es ahora obispo.
El mencionado sobrino tomó posesión de los fondos y de los bienes de su tío arzobispo y, es hasta hoy, a pesar de las evidencias documentales, que se niega a devolverlos ante el tribunal de Viterbo, sin explicar cómo esos fondos y bienes llegaron a él.
El IOR está involucrado en el incidente que, además de negar la evidencia documental, en lugar de defenderse, defiende muy curiosamente los intereses del sobrino del arzobispo Carlo Maria Viganò. En el incidente estuvo directamente implicado en el asunto el cardenal Pietro Parolin, quien tuvo que atestiguar la locura del sobrino del arzobispo Viganò y, durante una reunión personal que tuvo conmigo, no disputó en absoluto la propiedad del arzobispo Viganò sobre esos fondos y esos bienes, pero me expresó sorprendentemente el temor de que el arzobispo Carlo Maria Viganò pudiera haber utilizado sus importantes recursos para crear una “Iglesia cismática”.
En aquella ocasión no le respondí como merecía: que la Iglesia cismática era la suya, la de Pietro Parolin.
Me detengo aquí para evitar un texto largo sobre un asunto escandaloso y también miserable que los fieles tienen derecho a conocer y que tengo el deber de informar, al tratarse de un acontecimiento emblemático de cómo la Iglesia “católica” de hoy fracasa en su verdadero Magisterio, traicionando el “Mensaje” que en este asunto está subordinado a muchas razones deplorables e ilegítimas.
En consecuencia, procederé “a plazos” llamando más adelante la atención específica sobre el sobrino del arzobispo Carlo Maria Viganò también en lo referido a su conducta privada, al cardenal Pietro Parolin, a los líderes del IOR, así como a aspectos técnicos jurídicos relacionados con la existencia de la jurisdicción italiana. Quedo a disposición de aquellos órganos de prensa interesados en conocer este asunto sórdido, y les mostraré cualquier prueba documental.
Augusto Sinagra
Publicado por Marco Tosatti en italiano el 7 de octubre de 2026, en https://marcotosatti.com/2026/
Traducción al español por: José Arturo Quarracino
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