Magistratura Democratica: Por qué el Pase Verde es inconstitucional
13 Agosto 2021
Marco Tosatti
Estimados amigos y enemigos de Stilum Curiae, nos parece interesante -y fundamental- poner en vuestro conocimiento un documento que hemos encontrado en varios sitios desde hace unos días, y que ha sido elaborado por el Observatorio Permanente de la Legalidad Constitucional, Generazioni Future. Este organismo se remite a la memoria de Stefano Rodotà, un político de izquierdas, y en este trabajo que recomendamos leer, y del que sólo informamos algunos extractos, demuestra la inconstitucionalidad del Decreto Ley que el Primer Ministro ha emitido, tratando de presionar ilegalmente (y mintiendo) para convencer al mayor número posible de personas de que se inoculen un suero génico experimental. Aquí está el enlace a la página web de la Magistratura Democrática donde encontrará el documento. Buena lectura, y buena reflexión sobre la realidad de las manos en las que estamos.
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Pero incluso si se quiere considerar el Pase Verde como un instrumento limitador de la libertad de circulación, la cuestión se quiebra a causa de la falta del supuesto que justifique el carácter prescriptivo del mismo, que no podría vincularse exclusivamente a “su” fuente de producción (el decreto-ley), sino que debería identificarse en la imposición previa de la vacunación obligatoria por ley, en cumplimiento del parámetro del principio de legalidad sustancial y formal.
La prueba de resistencia, para examinar la legitimidad jurídica del Pase Verde, está constituida entonces por la ausencia de vacunación obligatoria, razón por la cual sólo una ley que imponga la vacunación obligatoria -cuando existan requisitos legales y científicos previos- podría constituir una base jurídica válida para el Pase Verde de tipo prescriptivo.
En consecuencia, pasamos de un modelo europeo que propone facilitar la libertad de circulación en condiciones de seguridad, basado en un concepto de responsabilidad individual y colectiva, bien referenciable, en sus aspectos estructurales y funcionales, a los modelos liberal-democráticos, a un modelo prescriptivo y discriminatorio, en el que la dimensión de la obligación, si bien está presente en la Constitución, carecería de base jurídica constitucional, y en todo caso aparecería como desproporcionada respecto a las exigencias de garantizar el ejercicio responsable de libertades individuales.
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Pase Verde y vacuna obligatoria: simul stabunt simul cadent? [¿En el mismo momento que se exigen se derrumban?
En ausencia de la obligatoriedad generalizada de la vacuna, que seguiría siendo de todos modos constitucionalmente cuestionable, o en cualquier caso necesitaría de investigaciones serias y rigurosas, no sólo en virtud de la naturaleza experimental de las vacunas utilizadas, sino también por la falta de pruebas acerca de su capacidad para limitar el contagio (efecto sobre ‘la infección y no sólo en la enfermedad), hacer de la patente verde un requisito necesario para ejercer el derecho a circular o para acceder a ciertos lugares/servicios, llevaría, de hecho, violando el art. 32 de la Constitución, a la elección entre vacunarse o someterse a pruebas continuas o, peor aún, a renunciar a priori al ejercicio de los propios derechos.
Por lo tanto, en presencia de una ampliación objetiva de tratamientos diferenciados, a partir del 6 de agosto de 2021, el punto clave sigue siendo la viabilidad jurídica de la obligación de vacunar con una ley estatal, o confiar al Parlamento la voluntad política de una imposición reglamentaria, que encontraría su base legal en el artículo 32 de la Constitución, incluso en la incertidumbre científica sobre el impacto en terceros de la elección personal entre vacunarse y no hacerlo. Sobre este punto, se mantiene la perplejidad y los interrogantes generalizados: ¿es posible introducir una obligación de vacunación generalizada, al menos hasta que la vacuna -y sus vacunas de refuerzo- estén sujetas a la autorización condicional de la EMA para una validez anual renovable -condicional, porque todavía están en fase experimental y no están real y plenamente disponibles en los Estados miembros?
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El tema de fondo es, entonces, si ha de considerarse legítimo y conforme a la Constitución que un decreto-ley otorgue valor normativo y deber jurídico al certificado verde, comprimiendo un conjunto de libertades individuales, cuando está ausente la vacunación obligatoria.
El derecho a la salud puede determinar, como de hecho es y ha sido, límites a otros derechos constitucionalmente garantizados, puede legítimamente por ley, dentro de los límites del art. 32 de la Constitución, prever la obligación de la vacuna, pero no justificaría ni legitimaría, en ausencia de una interpositio legislatoris (obligación de vacunación por ley) actos desproporcionados e irrazonables que puedan dar lugar a tratamientos diferenciados injustificados
De este modo, se eludiría, en esencia, la reserva absoluta de la ley, con una serie de actos que conducirían al mismo objetivo, en ausencia de una base fáctica razonable tanto para la imposición de la vacunación (excluida en todos los países europeos incluso para las categorías de riesgo) como para su implementación de facto. La puesta en marcha de un entramado de limitaciones al ejercicio de los derechos constitucionalmente garantizados, a través de medidas, que parecen, como hemos tratado de demostrar, de débil sostenibilidad jurídica, determinaría una subrepticia exigencia de vacunas.
Si el objetivo es vacunar a toda la población, debería expresarse con un acto claro y nítido de dirección política, o con una ley formal que, en la actualidad, sin embargo, no parece poder resistir los límites constitucionales vigentes, en virtud del carácter experimental y del limitado conocimiento científico sobre el impacto en la infección.
Publicado originalmente en italiano el 9 de agosto de 2021, en https://www.marcotosatti.com/
Traducción al español por: José Arturo Quarracino
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Tag: green pass, magistratura democratica, vaccini
Categoria: covid
Caro Tosatti, MD, ha confermato, come volevasi dimostrare, piena condivisione del green pass e del non vaccino anti covid, ribadendo che la disapplicazione MERITA le conseguenze discriminatorie per lavoratori e disobbedienti vari. Pubblichi anche la smentita!!
Caro Tosatti, MD, ha confermato, come volevasi dimostrare, piena condivisione del green pass e del non vaccino anti covid, ribadendo che la disapplicazione MERITA le conseguenze discriminatorie per lavoratori e disobbedienti vari. Da tempo denuncio la complicità di MD alla istituzione del Nuovo Ordine mondiale, finalmente la conferma. Corregga la sua notizia informando i suoi lettori della smentita di MD che è contro i no VAX. Grazie.