LA MISA HA TERMINADO. LA ESCANDALOSA RENUNCIA DE LOS OBISPOS.

9 Marzo 2020 Pubblicato da

 

Marco Tosatti

Queridos amigos y enemigos de Stilum Curiæ, recibimos y con gusto publicamos un comentario de Fabio Adernò, sobre la insólita decisión de la Conferencia Episcopal Italiana de suspender hasta el próximo 3 de abril toda celebración litúrgica. Agradecemos al abogado Adernò por su contribución extremamemte clara y documentada, que compartimos totalmente. Buena lectura.

§§§

La Misa ha terminado.

Es de estas horas la desconfortante noticia que la Conferencia Episcopal Italiana, y en primera fila la Diócesis de Roma, ha dispuesto la suspensión de todo tipo de celebraciones, también de exequias, “almenos” hasta el próximo 3 de abril (viernes de la primera semana de la Pasión, antes del Domingo de Ramos).

 

La toma de decisión resulta ser asumida en conformidad del decreto de la Presidencia del Consejo de Ministros italianos del pasado 4 de marzo, y las nuevas disposiciones de la misma emitidas ayer 8 de marzo, con las que se impone la suspensión de las «ceremonias civiles y religiosas, incluidas aquellas fúnebres» (art. 2, lett. v).

 

El Departamento Nacional para las Comunicaciones Sociales de la Conferencia Episcopal Italiana (CEI), en la presente fecha, ha referido a una presunta “interpretación auténtica” de las disposiciones gubernativas que incluiría no solo ceremonias extraordinarias sino cada Santa Misa.

 

En las disposiciones apenas difundidas por el Vicariato de Roma con firma del Card. De Donatis se lee que «estan suspendidas las celebraciones litúrgicas comunitarias» explicando de inmediato entre paréntesis «(eucaristías feriales y festivas, exequias, etc.)».

 

Sic stantibus rebus, desde ahora hasta el 3 de abril la totalidad de los católicos italianos -como hasta ahora cuantos habitan en las llamadas “zonas rojas”- seran privados de la fortaleza de los sacramentos, y nada sirve subrayar -lo creemos- que «las iglesias permaneceran abiertas para la oración personal».

 

Semejante decisión se presta para una serie de reflexiones que desbordan en cascada en el corazón y en la mente de cuantos ya atemorizados y desconfortafos por el clima de ansia y temor que se respira por doquier, tienen todo el derecho de recibir el sustento espiritual y el alivio sacramental del Alimento del alma por parte de la única realidad, encarnada y visible, que por divina institución tiene un único fin “constitutivo”(cfr. can. 1752 CIC): ¡la salvación de las almas!

 

Negar el auxilio sacramental a las almas de cuantos, tanto vivos como muertos (¡sic!), tienen necesidad, es una omisión gravísima y dolosa del mandato de Cristo a la Iglesia y a sus ministros que estan llamados a asumir el deber de dispensar los medios de salvación en toda circunstancia humana, en la paz y en la guerra, arriesgándo la vida si es el caso.

 

Además esta decisión aniquila el mandato de Cristo, y lo subordina -por voluntad de aquellos a los que se les ha confiado, por divina voluntad, de apacentar el Pueblo de Dios (cfr. can. 1008 CIC)– a una disposición secular de un gobierno que, no obstante la independencia y soberanía entre Estado e Iglesia consagradas en el art. 7 de la Carta de la Constitución, se induce a interpretar el significado de la expresión “ceremonias religiosas” identificandolo con “cada Santa Misa, también de exequias”.

 

Por otra parte, tal interpretación, viene supinamente aceptada por la Autoridad Eclesiástica del territorio italiano y hecha propia, con una servil aplicación.

 

Pero se trata sea de una interpretación ilegítima (porque no toca a la autoridad estatal identificar la naturaleza de lo que sea o no sea una “cerimonia religiosa”, sino a la Autoridad Eclesiástica), pero más aún una disposición que daña, a la vez, la autonomía y soberanía “en el propio orden” de la Iglesia Católica (cfr. art. 7 const.) y, al mismo tiempo, la libertad religiosa del ciudadano católico al cual, es verdad, aunque no se le impide entrar en una iglesia, pero se le prohibe ejercitar el propio credo religioso, en abierto contraste con la libertad de culto reconocida por la Constitución (cfr. art. 19 const.) en un estado en el que rige un régimen de concordato.

 

Una aplicación sensata de la disposición del Gobierno -que aquí no se quiere minimizar ni empañar la solicitud con la que se quiere afrontar la emergencia de la propagación de una infección viral- habría requerido un enfoque de miras mas anchas, equilibradas y prudentes por parte de los pastores, y seguramente menos supino y ciegamente sometido a una disposición que de un fin netamente de precaución asume carácteres de penalización.

 

Se tenía que haber aplicado con razonabilidad el can. 838 del Código de Derecho Canónico que sanciona que toca “unicamente a la autoridad de la Iglesia” regular la Sagrada Liturgia, implementando la posibilidad de acceso a los sacramentos, es decir multiplicándo las celebraciones durante cada jornada, de modo tal que pueda permitir una mayor participación y, al mismo tiempo, mejor controlada para los Ritos, quizá aplicando, cada vez, un criterio de conteo numérico proporcional a la capacidad de cada iglesia, en las que, por otra parte, dispondría de un sistema de higienización continuo entre una y otra celebración.

 

En vez el niquilismo racionalista viento en popa sobre aquellos que deberían ser celosos dispensadores de los medios salvíficos sobre todo en las condiciones más peligrosas, y el miedo -que casi siempre es el primer enemigo de la razón y permanente enemigo de la Fe- ha petrificato corazones y mentes llevando a una parálisis de lo Sagrado, anestesiándo todo pulso de esperanza y de confianza en la trascendencia, eliminando el enfoque sobrenatural en la presente contingencia de agitada preocupación colectiva.

 

En los hechos, con un solo golpe se niega la libertad de culto a los católicos que no podran acceder a los sacramentos, y seran éstos, de hecho, los que impedirán reunirse en comunidad: ¿y qué cosa es la Iglesia sino comunidad que vive de los sacramentos, en los que la Liturgia es fuente y culmen de la vida del cristiano (cfr. Sacrosanctum Concilium n. 10)? ¿Qué es la Iglesia sino propiamente asamblea de los creyentes segun la expresión paulina recogida por el  Catecismo al n. 752?

 

Es lógico hipotizar -aplicando un sencillo principio analítico consecuencial- que junto a las Misas también seran fácilmente obstaculizados por el higienismo, la administración de los otros medios de salvación, por lo que Bautismos, Confirmaciones, y hasta la Extrema Unción se veran gravemente limitadas, con ingente daño espiritual para las almas de vivos y muertos.

 

Y sì, porque ni los difuntos podran recibir el sufragio de las exequias religiosas, empeorando con ulterior evidente abominio a los ojos del Creador, ya privado de Su Culto público.

 

La facilidad con la que la Iglesia italiana se alínia a las disposiciones gubernativas abre un escenario de mucho riesgo de la libertas Ecclesiæ, ya de hecho muy comprometida desde el punto de vista formal, además de sustancial y jurídico.

 

La limitación de la libertad de culto, se sabe, tiene su marginal existencia solo en la “buena costumbre” (art. 19 const.) no puede aplicarse al caso del art. 32 de la Constitución que tutela la salud pública, porque las disposiciones de ley de la que la norma primaria no puede incluir la lesión de otro derecho subjetivo como aquel de  “profesar  libremente…en cualquier forma, individual o asociada, en público o en privado” la propia fe religiosa.

 

Cada vez es mas evidente cuanto la prudencia, la auriga virtutum tanto celebrada por el Aquinate (cfr. II Sent., d. 41, q. 1, a. 1, ob. 3), sea una entre las virtudes más desconocidas al día de hoy, y como las prisas del alineamiento práctico conduzca a un oblío de siglos y siglos de oración y de acción para sostener la fe del pueblo, que ni siquiera en tiempos oscuros como los de las pestes y carestías, nunca sufrieron limitaciones, sino al contrario han tenido incrementos mayores para impetrar la acción prodigiosa y salvífica de Dios.

 

Siglos y siglos de procesiones penitenciales durante epidemias de peste y de cólera, de Misas tempore pestilentiæ, de sufragios, de votos públicos de los pueblos, ciudades, de naciones enteras, cancelados por una disposición estadal que la Iglesia acoge inmediata, arrodillándose a cualquier realidad temporal, mostrandose sorda a las verdaderas exigencias de las almas que buscan en Ella consolación y esperanza.

 

El terror les gana la partida, como en las mas oscuras épocas de la Cristianidad, y tristemente constatamos como la Iglesia ha cesado en su rol de “signo de contradicción” y se halla alineada, inerme, con la confusión, gravemente faltando para proveer a los espíritus que los incruentos Sacrificios Eucarísticos se elevaran igualmente, aun la contingencia, sobre los altares en cada rincón de Italia, para impetrar de Dios el fin de esta infección, dando el triste y desolador espectáculo de la creciente difusión de la apostasía que sacrifica los derechos de Dios por pseudo urgencias de los hombres.

 

A los hombres y mujeres de Italia, antes de cerrar las puertas de las iglesias se tenían que abrirlas mas que nunca, dando prueba que vive con espíritu sobrenatural esta ulterior prueba de la humanidad bajo el ejemplo de los grandes santos del apostolado hospitalario.

 

Tal posición no quiere decir superficialidad o ligereza o peor, subestimar la amplitud del problema, sino significa no privar del requerido soporte espiritual a cuantos padecen, en la desesperanza y el abandono. Pero la solución aplicada debería ser – in primis para los no creyentes- la de un testimonio de coraje de la Fe. ¿Y qué es esto sino un escándalo?

 

La misión de la Iglesia prescinde de las contingencias históricas en la que vive: ella, Cuerpo Místico de Cristo, ha sabido en toda época conservar y dispensar los medios necesarios para la salvación del alma, no temiendo a aquellos que pueden matar el cuerpo (cfr. Mt 10, 28), sino amando siempre y solo al Justo Crucificado.

 

Abdicar a esta misión significa renunciar a su primer deber, la consolación y la salvación de las almas, en nombre de una opción pseudo-pastoral ambigua y horizontal, en vez de aliviar los sufrimientos de la hora presente con un vacío inmanente, desconsiderado, exasperante mucho más grave y largamente más dañino para el alma y el cuerpo.

 

Quiera Dios tener piedad de nosotros, y confiemos en las intensiones con las cuales -estoy seguro- miles de sacerdotes “reaccionarios” aplicaran sus Misas, aunque privadas, celebradas como en los tiempos de la revolución.

 

Aunque si para muchos, desde ayer hasta el 3 de abril “la Misa ha terminado” para nosotros continua a “ser” (“Missa est”), siendo, como nos ha enseñado entre otros el Padre Pío, “infinita” como Aquel que en Ella está verdaderamente presente, ofrecido y recibido.

Fabio Adernò

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1 commento

  • TIZIANO ha detto:

    La gerarchia ecclesiastica è gravemente mancante: invece di offrire conforto e salvezza alle anime in questo particolare, favorisce lo sprofandamento dei fedeli nelle tenebre … in balia del grande avversario.
    Come potranno giustificarsi difronte al Giudice supremo, che chiederà sicuramente conto per il destino delle anime loro affidate.
    Bandire la Santa Messa è stato ignobile, mi auguro che molti sacerdoti non obbediscano in coscienza.